Tres pasajeros sordos a los que Air Nostrum, filial regional de Iberia, impidió embarcar al no ir tutelados por una persona oyente, han visto reconocido su derecho a un trato igualitario y no discriminatorio. En una sentencia pionera, la Audiencia Provincial de Madrid condena a la aerolínea a poner «los medios necesarios y precisos para que cese en la vulneración de derechos de las personas con discapacidad». Deberá pagar además un euro como indemnización simbólica a cada uno de los tres viajeros agraviados.
La Confederación Estatal de Personas Sordas y el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad dieron una rueda de prensa ayer para destacar el fallos, que supone la restitución moral del derecho a un trato igualitario y no discriminatorio.
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